En nuestro caso la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la ley suprema de donde emana el pago de contribuciones, en su fracción IV del art. 31 establece es obligación de los mexicanos...” Contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”
Tal como se describe en el párrafo anterior es el precepto legal que da nacimiento a nuestro derecho fiscal del cual emanan las leyes específicas que regulan la obtención de los recursos para cubrir el gasto público.
Cabe mencionar que para la validez legal de una contribución esta debe estar establecida en ley y cubrir la formalidad de tener un fin específico la cual para establecer esta legalidad y donde año con año se hace mención de los impuestos, derechos, aprovechamientos, ingresos de seguridad social es precisamente en la Ley de Ingresos de la Federación, el cual es una de las leyes que se clasifican dentro del ordenamiento jurídico del derecho fiscal en México
Dentro de nuestro contexto fiscal tenemos impuestos las leyes específicas y sus reglamentos que regulan los impuestos dentro del cual tenemos la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre producción y Servicio, Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
Sin embargo no hay que olvidar el Código Fiscal de la Federación que es el instrumento legal que regula la participación del gobernado en el cumplimiento de sus contribuciones al dictar los derechos y obligaciones, cabe destacar que el código fiscal de la federación de acuerdo a lo que establece en su artículo 5 segundo párrafo las otras disposiciones…..”se aplicaran supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza del propio derecho fiscal”.
Es decir, a falta de disposición expresa en las leyes específicas se aplicará lo que establece el código siempre que no se traduzcan en cargas a los particulares cuando se refiera al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa ya que estas son de aplicación estricta tal como estable el Art. 5 del CFF.
Por otra parte, dentro del contexto jurídico del derecho fiscal tenemos los reglamentos de las leyes específicas y es facultad del poder ejecutivo de emitirlo de acuerdo con la facultad conferida en la constitución política de los Estados Unidos Mexicano en el art. 89 fracción I, la intención es complementar y mejorar el cumplimiento de la obligación tributaria.
En ese sentido las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades y de acuerdo al artículo 33 fracción I inciso g) del CFF deberán publicar anualmente reglas de carácter general de manera agrupada que facilite su conocimiento por parte del contribuyente, a esto se conoce como Resolución Miscelánea Fiscal
Resoluciones Miscelánea Fiscal, dentro de la practica fiscal estas reglas cobran gran relevancia ya que es donde la autoridad normalmente aclara lagunas que pudiera quedar dentro de las disposiciones fiscales o bien establece procedimientos, requisitos y parámetros de cumplimiento que coadyuven al cumplimiento de los gobernados en materia fiscal, sin embargo dentro de la jerarquía cobra relevancia e impacto cuando las misma leyes específicas remiten a las reglas en su compendio denominado Resolución Miscelánea Fiscal cuya vigencia es anualizada y que durante en el ciclo fiscal se va modificando a través de modificaciones que se presentan e impactan en el mismo ejercicio al que corresponde.
Así mismo en el último eslabón se encuentran las circulares o criterios, el cual consiste en comunicados que un mando superior estable para una inferior para su realización en este supuesto que la autoridad fiscal emite al gobernado que puede generar derechos y obligaciones.
Carrasco Iriarte (2008, P.92) La circular es el comunicado o aviso que emite o envía un superior a un subordinado en la que hay instrucciones, indicaciones o criterios obligatorios en materia fiscal, las circulares crean derechos y obligaciones a los particulares
En resumen y el contexto comentado se logra visualizar que la jerarquía de las disposiciones fiscales se en lista de acuerdo a lo siguiente:
-Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos
-Ley de Ingreso de la Federación
-Leyes Específicas (ISR, IVA, IEPS, ISAN)
-Código Fiscal de la Federación y Derecho federal Común
-Reglamento
-Resolución Miscelánea Fiscal
-Circulares
LEYES SUPLETORIAS.
Como se ha comentado anteriormente la supletoriedad a la Ley Específica se da cuando en estas exista una omisión, laguna o a falta de claridad su interpretación del cual se hace valer las disposiciones del derecho federal común, cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal. CFF art. 5 párrafo segundo
IMPORTANCIA DE CONTAR CON UN SISTEMA JURÍDICO FISCAL
En el estado de derecho al que nuestro país descansa sus procesos Jurídicos es de suma importancia e indispensable de contar con norma jurídicas fiscales que establezcan las obligaciones, situación jurídica, sujetos al que les aplique el cumplimiento a contribuir con el gasto publico siendo las disposiciones fiscales el compendio que interrelación entre gobernante y gobernado y que a la vez equilibre la legalidad, proporcional y equidad en las contribuciones y dejar en claro los derechos y obligaciones y sin perder de vista el riesgo de percepción que el estado deberá de ejecutar en el proceso para que se logre la recaudación que solventa el gasto público.
CAMBIOS CONSTANTES EN LAS DISPOSICIONES JURÍDICO FISCALES
Las constantes modificación a las disposiciones fiscales es porque de acuerdo a la planeación del gasto público cada vez se haya erosionada lo cual el estado a través de sus facultades deciden crear nuevos impuestos, aumentar a los ya existentes o bien también podrían cambiar constantemente para adecuar las disposiciones, procedimientos para acciones más agresivas que permitan el logro de la recaudación de manera eficaz y también hay que tener claro que las evasiones fiscales y las diversas estrategias empleadas para minimizar el pago de impuestos estos factores se conjugan para un movimiento constante en el sistema jurídico fiscal en México.
DERECHO FISCAL CON EL DERECHO PENAL, EL DERECHO ADUANERO Y CUÁLES SON LOS DELITOS FISCAL
El incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduanero que constituyen el derecho fiscal y derecho aduanero tiene una relación estrecha con el derecho penal, ya que tanto el fiscal como el aduanero constituyen el conjunto de norma jurídicas relativos a los ingresos que percibe el estado y por otra parte la regulación a través de normas jurídicas para la entrada y salida de mercancía en territorio nacional , en ambas el incumplimiento es causal para sancionar violaciones específicas de las disposiciones. Y la relación en ambas con el derecho penal determina las sanciones para quienes incurren en actividades anómalas e ilícitas. A continuación, se mencionan actividades que conforman los delitos fiscales
- Contrabando quienes introduzcan o extraigan en el país y se omita el pago de cuotas compensatoria, sin permiso o de importación o exportación prohibida. Código fiscal de la Federación, art. 102
-Defraudación fiscal omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga beneficio en perjuicio del fisco federal. Código fiscal de la federación, art. 108
-Uso de facturas o expedición que ampare operaciones inexistentes. Código fiscal de la federación 113 Bis.
Fuentes de consulta:
· Cámara de diputados del H. Congreso de la unión. (2023). Constitución política de los estados unidos mexicanos. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf


